Las empresas agroalimentarias que deseen exportar sus productos a terceros países deberán demostrar que cumplen con las exigencias sanitarias y fitosanitarias que exige el país importador, de forma adicional a los de la normativa europea. Para ello, el Real Decreto 993/2014 establece un sistema auditado de autocontroles específicos para la exportación de productos cuyo fin sea el consumo humano en terceros países.
Este tipo de acuerdos bilaterales y de carácter anual surgen con el ánimo de asegurar, en la medida de lo posible, que las exportaciones realizadas no conlleven plagas o enfermedades que puedan afectar a los países de destino.